VIUDEDAD. PAREJA DE HECHO.

VIUDEDAD. PAREJA DE HECHO.

TS, Sala Cuarta, de lo Social, S de 2 de Marzo de 2017

 

Pese a estar inscrita en el Registro municipal de parejas de hecho, no cabe su concesión porque el solicitante no podía haber contraído matrimonio con su pareja de hecho fallecida, puesto que a pesar de estar separada, aún no estaba divorciada de su primer esposo.